martes, 24 de enero de 2017

EL CONCURSO PREVENTIVO SE PRESENTA COMO UN RECURSO MUCHO MÁS ACEPTABLE Y VALIDO PARA QUE LAS EMPRESAS RENEGOCIEN SUS DEUDAS



Legales
Las compañías no recurren al APE para renegociar sus pasivos
26-05-2008 El Acuerdo Preventivo Extrajudicial no logra imponerse como un mecanismo legal para sanear compañías. El año pasado, en la Justicia nacional se presentaron ocho procesos. La cifra es mucho menor en comparación con los 258 concursos preventivos registrados en ese período. Qué dicen los expertos.
A la hora de reestructurar deudas y ofrecer acuerdos de pago a sus acreedores, las compañías no acuden al Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE) y optan por otros mecanismos legales que permitan financiar pasivos.

De acuerdo con estadísticas de la Justicia Nacional, en el año pasado, los 26 juzgados que componen el fuero comercial sólo han recibido ocho procesos de ese tipo, una cifra considerablemente menor si se la compara con los 258 concursos preventivos registrados en igual período.

Con excepción de los años 2004 y 2007, donde hubo un leve repunte, la proyección de estos procesos siempre fue decreciente. Así, en el 2003 se registraron 16 procesos; en 2004, 23; en 2005, 10; en 2006, 6 y el año pasado, tan sólo 8. 


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El APE es un procedimiento que fue instaurado como consecuencia de la debacle del 2001, mediante una reforma a la Ley de Concursos y Quiebras. Fue pensado como un mecanismo que permitiera obtener una rápida salida para aquellas empresas con ahogos financieros, que en aquel momento interrumpieron sus cadenas de pago.

DificultadesJorge Daniel Grispo, titular de Grispo & Asociados, indicó que las empresas prefieren el concurso preventivo porque este procedimiento, a diferencia del APE, otorga mucho más tiempo para negociar con sus acreedores.

"Junto a la presentación del concurso preventivo se inicia un proceso de negociación, donde la empresa tiene un tiempo considerable para llegar a un acuerdo con sus acreedores", sostuvo Grispo.

En cambio, el especialista indicó que en el APE la empresa debe ir al juez con todo ese proceso ya consumado, para que éste dicte la homologación si correspondiere.

Además, Grispo manifestó que los créditos laborales y los de la AFIP no pueden ser tratados dentro del APE, no al menos con las ventajas que ofrece el concurso preventivo.

"El APE permite conseguir una homologación rápida de la propuesta de acuerdo; la homologación ocurre al comienzo del proceso; en cambio, el concurso preventivo inaugura un mecanismo de negociación, que puede durar entre dos y tres años, y que culmina con la homologación del acuerdo", concluyó.

Julio César Rivera, especialista en temas concursales, explicó que el régimen del APE no beneficia a aquellas empresas deudoras que tienen un pasivo compuesto mayoritariamente por créditos laborales y fiscales.

Por otra parte, el experto enfatizó que se concibió para las grandes empresas argentinas en default en el 2002.

"Sin embargo, cuando empezó a ser usado por otro tipo de deudores, como por ejemplo pequeñas y medianas empresas, se produjo un abuso de los requisitos pergeñados por el régimen legal, que fue rápidamente frenado por la actuación de los tribunales", advirtió Rivera.

Incorrecta utilización Pablo Agustín Grillo Ciocchini, asociado de Brons & Salas Abogados, estableció que pueden ser varias las causas que expliquen la poca aceptación del APE.

"Entre esas circunstancias puede haber tenido influencia el hecho de que aquellas empresas con estructuras de negocios a las que en principio les resultaba más accesible la posibilidad de conseguir las conformidades de sus acreedores en forma extrajudicial, ya han reestructurado sus deudas luego de la crisis de 2001", dijo. 

Por otra parte, el abogado expresó que "la herramienta del clásico concurso preventivo continúa mostrándose útil y rendidora para los casos más comunes de impotencia patrimonial, con el plus que da la intervención del juez desde la etapa inicial".
Grillo Ciocchini precisó, además, que parte de la doctrina y jurisprudencia han mirado al APE con recelo a partir de aparentes abusos en los que se habría exagerado el pasivo mediante la fabricación de falsos acreedores para obtener mayorías que no habrían sido tales".

En el mismo sentido, Alejandro Breit, socio de Negri & Teijeiro, indicó que el APE ha sido objeto de muchas críticas y a veces ha sido utilizado con fines fraudulentos.

El especialista indicó que debido al poco control judicial, un deudor con malas intenciones tiene posibilidad de fraguar créditos en perjuicio de otros acreedores utilizando este procedimiento.

"Si una empresa atraviesa una dificultad financiera y piensa en reestructurar su deuda seguramente elegirá el concurso preventivo, porque hoy el APE está estigmatizado", enfatizó.

Qué es el APEAl igual que el concurso preventivo, este proceso permite a las compañías reestructurar sus pasivos y celebrar acuerdos de pago que incluyen quitas de capital y esperas, siempre y cuando el deudor obtenga las conformidades de sus acreedores.

Sin embargo, a diferencia del concurso, el proceso tiene unamenor injerencia del juez, que solamente se limita a verificar el cumplimiento de todos los requisitos del acuerdo ya logrado extrajudicialmente, para luego dictar la homologación. 

Además, en el APE no actúa el síndico –auxiliar del juez que audita el proceso y controla la legitimidad de los créditos- lo cual supone menores costos para las empresas que no tienen que pagar sus honorarios.

Cablevisión, caso testigo
Si bien son escasos los casos presentados en la Justicia, uno de ellos adquirió notoriedad por la importancia económica de los pasivos renegociados: se trata del APE presentado por Cablevisión.

Así, en abril pasado, los jueces de la cámara comercial homologaron el Acuerdo Preventivo Extrajudicial de Cablevisión S.A. De esta forma, la operadora de cable podrá reestructurar su deuda de casi u$s800 millones.

La decisión fue dispuesta por los jueces integrantes de la Sala D, Gerardo VasalloJuan José Dieuzeide Pablo Damián Heredia. (Ver fallo completo suministrado por elDial.com)
Los magistrados tomaron esta determinación pese a que en el expediente había un dictamen en contrario elaborado por la Fiscal General de la Cámara, Alejandra Gils Carbó quien en su momento había recomendado el rechazo del APE.

De esta manera, la cámara habría ratificado la decisión adoptada por el titular del Juzgado Nacional Número 11, Miguel Bargalló, quien en julio de 2005 había decidido homologar el acuerdo presentado por la empresa. 

La propuesta, homologada en su momento por Bargalló, había obtenido el voto afirmativo del 99,955% del capital computable y un total de 91, 667% de los acreedores alcanzados.

© infobaeprofesional.com

HOPE FUNDS COMO CONSULTAR LOS JUICIOS EJCUTIVOS Y PEDIDOS DE QUIEBRAS

Mis muy estimados:
Hay mucha información legal en este blog, pero tienen que saber buscarla. 
Para ver todas las entradas de este blog, tienen dos opciones: una es bajar por esta página hasta donde dice al pie, sobre la derecha "entradas antiguas",  hacen click alli, y las iran viendo, o bien buscar por fecha, en la parte derecha.

Aquí republico una herramienta de lo más útil, y ahora puse el link que los lleva a la página, (como verán, estoy aprendiendo...) cómo consultar los expedientes de los juicios en curso contra HOPE, utilícenla, y recuerden: la información calificada es nuestra mejor aliada.
Saludos!
Les cuento cómo consultar los expedientes: copien y peguen en el buscador el link este:

http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam?cid=604010

O hagan clic en el siguiente link q los lleva directamente a la página:  

http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam

Hagan clic en consulta por partes
En jurisdicción, seleccionen COM - Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
En tipo, no pongan nada. Si ponen Demandado, las quiebras NO APARECEN. Entonces, ahí no pongan nada, además es opcional.
En Parte, pongan HOPE Funds u Hope Funds, es lo mismo.
Luego pongan la clave numérica que les da más abajo, y clic en consultar. 
Les va a aparecer el listado de TODAS las causas contra HOPE Funds. 
Si en "consulta por parte" ponen Enrique Blaksley, hay solo tres o cuatro. 
Pero verán que si ponen HOPE Funds aparecen como 50, y todos los días se agregan una o dos. Si quieren leer las actuaciones, hagan clic en el ojo que está en la derecha, les abre las actuaciones, y dentro de estas, clic en los ojos que aparecen allí al lado de cada documento presentado, y lo podrán ver.    Aquí va el link de nuevo:           http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam

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