sábado, 30 de junio de 2018

INFORMACIÓN RELEVANTE RELATIVA A LA QUIEBRA DE HOPE FUNDS.INVITACIÓN A LETRADOS ESPECIALIZADOS

Estimados acreedores
Buenos días

Creo que es necesario aclarar algunos temas que nos sirven a todos los acreedores, y que responden algunos interrogantes, ya que al decretarse por fin la quiebra de HOPE Funds, se abre una etapa totalmente diferente.
Sepan que, además del blog, pueden seguir el proceso a través de la página del poder judicial.

Si bien nosotros no somos abogados, sólo acreedores como todos que hemos tenido que aprender a través de este doloroso trance, y este blog no es una consultora legal, sin embargo, como siempre, la idea ha sido siempre ayudarnos entre todos, y compartir info relevante GENERAL que nos ayude a aclarar el panorama y tomar decisiones, recuerden que el asesoramiento caso por caso y la presentación para verificar los créditos la tiene que realizar cada uno con patrocinio letrado especializado en quiebras.
Insisto, creemos que hay opciones que se ajusten a las posibilidades, nosotros en esta entrada estamos invitando a letrados a ofrecer sus servicios para quienes aún no lo tienen, para ponerlos a disposición de los acreedores que lo requieran.


1.- Deben saber que desde que se decretó la quiebra, la gente de Blaksley está operando muy fuerte en el blog para desalentar las presentaciones de los acreedores en este proceso, ya que de ese modo, cuantos menos reclamen, pueden “comprarla” ellos a través de sus testaferros por dos pesos, y sabemos que es con la nuestra.
Nosotros creemos que si, que hay que presentarse, y para ello los acreedores tienen que hacer el esfuerzo en buscar un letrado que se ajuste a sus posibilidades.
Desde aquí, trataremos de facilitarlo. 

En este sentido; y para los acreedores que aún no tienen patrocinio especializado, 
INVITO a letrados especializados en Concursos y Quiebras a ofrecer sus servicios profesionales 
A TRAVÉS EXLUSIVAMENTE DEL MAIL DEL BLOG
   estafadoshopefunds@gmail.com 
(no serán tenidos en cuenta los que escriban directamente al blog) haciendo mención expresa en cada caso, de su plan de honorarios, además de sus datos de contacto, junto a lo siguiente:

A.- Si ya tienen casos en curso contra HOPE Funds,  que los podamos verificar en la página del poder judicial, enviando el link al mismo.

B.- quienes no tengan casos contra la fallida, por favor consignar experiencia y enviar los links a los casos que tengan en curso en la página del poder judicial, para verificar su experiencia real en Concursos y Quiebras, o cualquier info que permita comprobar su experiencia en esa materia.

Les comparto en lo que sigue info general proporcionada por mi letrado relativa a la quiebra de HOPE Funds SA:


1.- En esta quiebra ingresan TODOS los acreedores de HOPE FUNDS S.A., tanto con sede en Argentina como en el exterior. Sin perjuicio de ello, se promoverá que el Síndico y el Juez extiendan la quiebra a los administradores y también al resto de las empresas del holding. De salir favorable este planteo, se formará una Masa única de activos y acreedores, para lo cual deberán verificar todos los acreedores de las empresas cuya quiebra se extienda. Esto permitirá que los activos que están en cabeza de las demás empresas se liquiden en esta quiebra para pagarles a todos a prorrata de sus créditos.

2.-Contratos no declarados: El tema impositivo no es relevante para verificar un crédito. En todo caso, será una contingencia con el fisco si es que acciona por ello.

3.-Otras empresas del grupo con sede en el exterior:
En principio los acreedores de esas sociedades no están llamados a verificar sus créditos en esta quiebra. En caso que se extienda la quiebra contra dichas compañías, el Juez les fijará un plazo para hacerlo.

4.-Extensión de la quiebra al resto de las empresas:
 Esta acción la debe impulsar el Síndico. La ley le da un plazo de 2 años desde la sentencia de quiebra para promoverla, sino prescribe.
La acción tramita como un juicio ordinario, y requiere que el síndico obtenga la aprobación de la mayoría de los acreedores para promoverla. Si el Síndico no la hace, entonces los acreedores pueden promoverla porque la ley les da una legitimación residual.
Se va a impulsar que el Síndico lo haga. Pero antes deberá investigar un poco el tema por su complejidad y volumen.

5.-Impugnaciones a las presentaciones. El Síndico y el Juez son los responsables de analizar los créditos que se presentan a verificar.
Sin perjuicio de ello, la ley otorga un plazo a los acreedores para presentar observaciones a los créditos. Estas observaciones las pueden presentar otros acreedores informándole al Juez las irregualrdiades. (art. 34 de la ley 24.522). Después del 12.9.18 se puede ir a lo del Síndico y revisar los legajos de los acreedores que se presentaron y presentar impugnaciones. Luego, será el Juez el que decida si los admite o no como acreedores verificados. 

6.-Plazos para cobrar: 
No es posible estimar a priori un plazo. Pero en estos casos todos sabemos son algunos años y depende también de muchos factores que son imprevisibles, como todo proceso legal.



SÍNDICO DESIGNADO

Poder Judicial de la NaciónJuzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 593995/2017-c/ HOPE FUNDS S.A. s/QUIEBRAEl 03 de julio de 2018 comparecen ante mí Osvaldo Horacio Cordero, DNI10373221 y Alejandro Darío Suarez DNI 12058367, y aceptan el cargo conferido enla pg. 190 de Síndico, que juran desempeñar conforme a la ley. Asimismo, constituyedomicilio   en     Moliere   476   Piso   5°   “22”,   con   teléfono:47345616,   domicilioelectrónico 20-103732213. Doy fe.

SALUDOS


martes, 26 de junio de 2018

AUTO DE QUIEBRA DE HOPE FUNDS

ESTIMADOS ACREEDORES
SE LE HA DECLARADO LA QUIEBRA A HOPE FUNDS.
AHORA, A VERIFICAR LOS CRÉDITOS...
DEBEN HACERLO CON PATROCINIO LETRADO.

AQUÍ VAN SOLO UN PAR DE PÁRRAFOS:

"Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30 Secretaría N° 59

3995/2017-HOPE FUNDS S.A. LE PIDE LA QUIEBRA RICARTE, PATRICIA ESTELA
Buenos Aires, 22 de junio de 2018.
1. En pg. 170 se dispuso la citación a Hope Funds SA en los términos del art.84 de la Ley 24.522 para que invoque y prueba cuanto estime conveniente a suderecho. De la cédula obrante en pg. 171 surge que la citada se notificó de dicha providencia el 21/05/2018. Posteriormente, la demandada solicitó en pg. 172 y pg. 176 que se suspenda el presente pedido de quiebra en curso hasta tanto la Cámara Comercial se expida respecto del recurso de apelación interpuesto contra la resolución interlocutoria que desestimó el concurso preventivo de Hope Funds SA.
2. El tribunal en pg. 177 con fecha 06/06/2018 rechazó su solicitud en tanto la ley 24.522 no establece que la apelación de la decisión que denegó la apertura del concurso preventivo genere la suspensión del trámite de los pedidos de quiebra promovidos contra el deudor. Dicha providencia tomó nota el 08/06/2018 y quedó firme el día de la fecha a las 09:30 hs.en tanto que la demandada no dejó nota con posterioridad al 06/06/2018 (v.constancia de pg. 181).
3. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 77, 83 y 84 de la Ley 24.522, se declara la quiebra de Hope Funds SA (CUIT N° 33708874979);inscripta en IGJ bajo el N° 9283, Libro 25 de Sociedades por Acciones, el28/07/2004c) Publíquese por medios visibles en todos los establecimientos que pertenezcan a la fallida, tarea a cargo del síndico (arg. art. 14 inc. 10 y art. 201), el presente decreto de quiebra y la página web donde pueden ser consultadas las presentes actuaciones, incluyendo los datos del juzgado y número de expediente.”
d)El funcionario deberá acompañar un ejemplar de los edictos dentro de losdiez días de publicados, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 255 de la LCQ.
e) Hágase saber el decreto de quiebra al Juzgado Nacional Criminal yCorreccional Federal N° 1, Secretaría N° 2, en los autos “Blaksley Enrique Juan yotros s/infracción Art. 303...” para que actúe conforme estime corresponder, tarea acargo de la sindicatura.
f) Publíquese en la cartelera del Tribunal el siguiente comunicado:
“Se hace saber que en el expediente COM 3995/2017-HOPE FUNDS S.A. LE PIDE LA QUIEBRA RICARTE, PATRICIA ESTELA en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, se resolvió decretar la quiebra de Hope Funds SA (CUIT N° 33708874979), con domicilio en legal en lacalle Sarmiento 643 Piso 1° Oficina 126 CABA.
Se informa además que el plazo paraverificar ante el síndico es hasta el 12/09/2018 (art. 32 LCQ) de 12:00 a 18:00 hs. Que el informe individual (art. 35 LCQ) será presentado el 29/10/2018. Que la resoluciónjudicial (art. 36 LCQ) será dictada a más tardar el 13/11/2018. Que el informe general(art. 39 LCQ) será presentado el 12/12/2018. Que los interesados podrán observar lafecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico hasta el11/03/2019 (art. 117 LCQ). Asimismo se ordena a la fallida y a terceros que entreguen alsíndico los bienes de la fallida. Se intima a la deudora para que: entregue a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad en elplazo de 24 hs. Se prohíben los pagos a la fallida, los que serán ineficaces.”

sábado, 23 de junio de 2018

LA FAMILIA BLAKSLEY, UNIDA EN LA VIDA Y EN LOS “NEGOCIOS”...

http://www.minutodecierre.com/nota/2016-11-21-en-su-trama-de-negocios-el-bernie-madoff-involucro-a-una-hija-polemica-y-a-su-yerno

Noviembre del 2016.
En su trama de negocios, el “Bernie Madoff” argentino involucró a una hija polémica y a su "emprendedor" yerno

Dos causas judiciales, una gran cantidad de empresas, una hija polémica y un yerno que creció de golpe en los negocios. La trama de Enrique Blaksley Señorans, el "Bernie Madoff argentino".

La historia de Enrique Blaksley Señoras, el “Bernie Madoff argentino”, tiene los condimentos para ser una serie o película. Como el Clan Puccio con crímenes contra las personas, Blaksley proviene de una familia de San Isidro que se abrió paso en los negocios como pudo, a los empujones. Hasta que la AFIP, la UIF y la Procelac pusieron los ojos sobre él.
Por ahora, ha sido más lento el accionar de Justicia, pues la causa contra él tramita en el juzgado federal de Sandra Arroyo Salgado, la ex esposa del fallecido fiscal Nisman. Para algunos actores que conocen a la jueza y al investigado, la lentitud de la causa se funda en razones que sólo ella y Blaksley conocen al detalle.
De todas formas, la semana pasada se le abrió otra causa, esta vez por la denunciado de inversores damnificado. Y revista en el juzgado federal de María Romilda Serviní de Cubría.
Más allá de su capítulo judicial, Minuto de Cierre reveló en exclusiva que Blaksley Señorans recibió aportes de dinero de José López, el ex secretario de Obras Públicas que saltó revoleando bolsos con u$s 9 millones en un convento de San Isidro.
Pero los manejos de Señorans no terminan allí, ni en los eventos con deportistas famosos (como el tenista Roger Federer); sino que abarcan una serie de empresas dedicadas a fines tan diversos como el manejo de restaurantes, un fideicomiso para construir un country o barrio cerrado, y por supuesto manejo de inversiones, entre otros.
Todo ello consta en el informe interno de la AFIP que fue el puntapié inicial para el resto de las investigaciones, al cual Minuto de Cierre accedió en exclusiva. Allí se menciona un gran número de sociedades: Hope Entertainment S.A., MPXZ S.A., New Viking Investment S.A., Divine Plan S.A., entre tantas otras.
Pero uno de los aspecto más llamativos es que Blaksley Señorans, junto a su esposa María Iraola, le firmaron una “Autorización para ejercer el comercio” a la hija de ambos, Lucía María Blaksley  Iraola, cuando esta contaba con apenas 20 años de edad, según se registró en diciembre del 2006.
Aunque no hay constancia médica de ello, los vecinos de San Isidro le atribuyen a la hija del “Madoff argentino” una vida disipada y de gran actividad lúdica, reñida con cualquier tipo de actividad profesional o empresarial.
A pesar de esto, Blaksley involucró a su hija y al esposo (Lucas Chiavegato, el joven de la foto) en la empresa Sergy S.R.L.,  fundada en 2013 para realizar negocios en el mercado petrolero de Neuquén, probablemente pensando en el boom (que finalmente no fue) de Vaca Muerta.
Chiavegato es un licenciado en Marketing, casado en segundas nupcias con Lucía Blaksley Iraola, que parece haber encontrado un lugar junto a los negocios de su suegro. A tal punto que, junto a su esposa y otras personas, también participa en la empresa Solar Geraige S.A., pensada para obras civiles y negocios inmobiliarios. Y además abrió una financiera llamada “Soler y Chiavegato S.R.L.”.
Con tanta actividad empresarial en los últimos años, algunos ven a Chiavegato como un prolífero y exitoso hombre de negocios. Para otros, es un simple y vulgar testaferro de su suegro. Que llegó a casarse con la hija de Blaksley haciendo la vista gorda sobre los antecedentes de su llamativa y conocida -por lo menos en los círculos de San Isidro- hija. 
Si la última hipótesis es cierta, los problemas judiciales no sólo abarcarán a Blaksley Señorans. También a su yerno Chiavegato, a su llamativa hija Blaksley Iraola, a su esposa de frecuentes eventos sociales (María Iraola), y a un numeroso listado de socios




miércoles, 13 de junio de 2018

CONFIRMARON PROCESAMIENTO A ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS Y SUS COMPLICES

Confirmaron el procesamiento de Enrique Blaksley, acusado de la mayor estafa del país

El 26 de abril pasado y a través de una resolución de 337 páginas, la jueza María Romilda Servini procesó a Enrique Juan Blaksley Señoranss, presidente y principal socio de la financiera Hope Funds, por 318 hechos de estafa y cuatro de lavado. Este lunes la Cámara Federal con el voto de los jueces Martín Iruzun y Leopoldo Bruglia, confirmó el procesamiento del empresario, que deberá cumplir prisión preventiva y sobre el que recae un embargo por 3 mil millones de pesos.

La fiscal del caso, Alejandra Mángano, estima que la estafa del llamado "Madoff argentino" involucró a al menos 2230 damnificados. Esta tarde se confirmaron también los procesamientos del socio de Blaksley en el directorio de Hope Funds, Federico Dolinkué, con prisión preventiva y un embargo de 1833 millones; Alejandro Miguel Carozzino, gerente administrativo del entramado de firmas vinculadas a Blaksley con un embargo de 2777 millones y un monto similar para Verónica Vega, cuñada de Blaksley, a la que también se le dictó la prisión preventiva.
La Cámara resolvió según consta en el escrito "rechazar los planteos"que buscaban la nulidad del procesamiento basándose, entre otros argumentos, en que hubo de parte de los acusados signos concretos de querer "entorpecer la pesquisa", así como también se dio cuenta de que habrían "activado mecanismos tendientes a poder actuar sin ser detectados".
En la presentación de abril pasado Servini había sido especialmente dura en sus argumentos contra Blaksley, que basaba su negocio en la promoción constante y fotos con figuras como Roger Federerel papa Francisco o Benedicto XVI, todo a fines de demostrar una supuesta solvencia económica que atrajera más contratos, que derivarían en nuevas estafas.





La pretendida imagen que se intentaba mostrar de Blaksley como un hombre de negocios exitoso 'que se dedicaba a comprar empresas, inyectarles capital y hacerlas aumentar de valor', que tenía una influencia tal que le permitió acceder a encuentros con dos Sumos Pontífices diferentes, además de participar de eventos deportivos de renombre, en los cuales se encontraban involucrados diferentes estamentos estatales como la Municipalidad de Tigre y Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contribuía al armado perfecto para la defraudación materializada", había manifestado la jueza en su resolución.https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/06/11/confirmaron-el-procesamiento-de-enrique-blaksley-acusado-de-la-mayor-estafa-del-pais/