jueves, 15 de diciembre de 2016

Anónimo Anónimo dijo...
No sé qué decirte. Tampoco entiendo los términos jurídicos de los que hablas, por lo general, creo que cuando se paga en un juicio, hay que hacer un depósito judicial, y ese dinero el juez ordena que se lonpaguen al demandante, creo que es así.orblo menos en los juicios por alimentos los pagos se hacen a través de depósitos judiciales. Eso es lo que tengo entendido.
Voy a leer la causa y después vemos.
Es muy raro. Entonces, la plata esta, pero la van a usar solo para pagar las quiebras. Es decir, hay que pedirles la quiebra para cobrar...???? Les sale mucho más caro así que pagar sin un juicio mediante, porque tenes que sumar las costas. Realmente no lo entiendo.
Siguen comprando tiempo pagando juicios chicos en vez de todos los que fueron a pedir por las buenas? Hagamos juicio, entonces.
Igual, muy bueno tu aporte si se puede confirmar.
8:34 a.m.

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