jueves, 15 de diciembre de 2016

Anónimo Anónimo dijo...
Pero tarde o temprano le vas a tener que pagar ese dinero al demandante, no tienen sentido depositar solo para demostrar solvencia, el pago tiene que hacerse efectivo. Si no, para que demandas, si no es para cobrar? Qué haces con la demostración sola? Es decir si, mira, tengo la guita...viste? No me suena lógico, si demuestra que tiene solvencia para pagar, y se autoriza el movimiento de dinero con el depósito comunicándole a la Procelac y a la UIF que ese dinero que se está depositando es por causa de la demanda de "X" , entonces, la demanda se tiene que transferir a una cuenta del cliente...ese es el fin, pienso que no puede quedar solo en la demostración. "X" tiene que cobrar para que se desestime la quiebra. Es lo que yo supongo, no soy abogado.
9:50 a.m.

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