sábado, 15 de septiembre de 2018

NOVEDADES DE LOS DELINCUENTES QUE BUSCAN SALVARSE DE LA CARCEL. EL CLAN DELICTIVO DE LOS BLAKSLEY SEÑORANS, WILLA, VEGA Y COMPAÑÍA ALISTAN ARGUMENTOS PARA PAGAR MIGAJAS, SIN REVELAR AUN EL DINERO DESVIADO POR MEDIO DE TESTAFERROS.


MARTES 18/09/2018 SIGUEN LAS NOVEDADES:  
LAS RATAS ESTAFADORAS SOCIAS DE BLAKSLEY COMO WILLA EMPIEZAN A HABLAR PARA SALVARSE DE LA CARCEL Y SE REVELA EL PLAN EXPLÍCITO DE LA ESTAFA DESDE POR LO MENOS EL AÑO 2011...
LEAN LA NOTA  DE HOY...

El acusado de la mayor estafa de la historia argentina busca salvarse: dijo dónde está la plata y cómo se puede recuperar

https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/09/13/el-acusado-de-la-mayor-estafa-de-la-historia-argentina-busca-salvarse-dijo-donde-esta-la-plata-y-como-se-puede-recuperar/

El presidente de Hope Funds declaró por tercera vez en el juzgado de Servini y señaló distintos negocios como el presunto destino del dinero para aliviar su situación Blaksley pasó los últimos cinco meses preso bajo el programa IRIC en el penal de Ezeiza junto a capos de mafias, presuntos narcotraficantes y acusados de corrupción durante el gobierno kirchnerista. El financista trabó una particular buena onda con Juan Pablo Medina, "El Pata", jefe de la UOCRA platense.
También cambió de abogados, con un nuevo equipo con consejeros como Mauricio D'Alessandro y una nueva estrategia. Los nuevos abogados lo entendieron rápidamente: la intransigencia ya  no tenía sentido si Blaksley buscaba lograr una mejor situación.
Algo tendría que entregar, no para poder salir de la cárcel -cerca del financista desestiman cualquier posibilidad de que la jueza Servini le quite la prisión preventiva- sino para lograr quizás una eventual condena más leve. No quedaba otra que pagar.
El martes por la mañana, Blaksley regresó a Comodoro Py para ampliar su indagatoria. Aseguró que hablaría "con especial énfasis en favor de los acreedores" para decirle a la Justicia federal "dónde está la plata, cómo fue invertida y cómo se puede recuperar".
La Justicia federal ya tenía información de departamentos en Panamá relevados por la PROCELAC, propiedades en Miami que terminaron en el circuito de remates bancarios tras hipotecas impagas, un campo de polo en General Rodríguez. El financista había hablado en su indagatoria original de un campo de polo en Jakarta, Indonesia, pero otros negocios eran el centro de la cuestión esta vez, negocios de su holding que, según él mismo, todavía están vivos y facturando, "el área de entretenimiento donde yo hacía adquisiciones de paquetes accionarios y empresas vinculadas al sector… Elegía una compañía que me interesaba, un socio al cual yo aportaba capital para que pudiera realizar sus planes de negocios. A cambio de eso yo recibía parte de las acciones de esa compañía", explicó.
Blaksley los mencionó a estos negocios, uno por uno, con nombres famosos en sus directorios que, según Blaksley mismo, se aprovechan de verlo preso para no liquidarle su dinero.
Esa plata que le deben, en los cálculos del hombre acusado de la mayor estafa de la Argentina, es la plata que lo salvará, una suerte de victimización en reversa en donde Blaksley, con dos mil acreedores sospechados, se convierte en acreedor él mismo.



El abogado de Enrique Blaksley será el primer arrepentido en la causa por estafas

El letrado Andrés Willa firmó un acuerdo con la jueza federal María Servini de Cubría.

RELACIONADAS Detuvieron a Enrique Blaksley y ordenaron decenas de allanamientos Embargaron los bienes de Enrique Blaksley, el "Madoff" argentino La jueza María Servini de Cubría firmó este viernes el acuerdo para que el abogado Andrés Willa se convierta en el primer "arrepentido" en la causa en que se lo investiga junto al detenido empresario Enrique Blaksley por estafas reiteradas y lavado con su empresa Hope Funds. Willa será de ahora en más "imputado colaborador" en la causa que instruye la fiscal Alejandra Magnano por múltiples estafas que habrían sido consumadas por el llamado "Maddof argentino". Tras la firma del acuerdo de colaboración, Willa, ex abogado de Blaksley, recuperó su libertad. El Juzgado Federal N°1 de María Romilda Servini tiene a su cargo las causas contra el ex presidente de la firma Hope Funds, acusado como responsable de una de las mayores estafas de la historia delictiva argentina. Blaksley prometía tasas de interés de hasta un 12,5% anual y mostraba participaciones en negocios aparentemente lucrativos como el Hard Rock Café o el 47 por ciento del shopping Buenos Aires Design en Recoleta. Pero ahora no puede devolver el dinero que le reclaman. En 2014 comenzó el derrotero con una denuncia de la AFIP motorizada por la PROCELAC cuando la empresa fue acusada de procesar dinero de grandes inversores que no podían justificar sus ingresos, en una causa que recayó en el juzgado federal de Sandra Arroyo Salgado. Hubo, por ejemplo, dos mutuos de un mismo megacliente con 19 millones presuntamente pagados en efectivo. El expediente llegó a fines del 2016 al Juzgado Federal Nº 1 de Servini de Cubría. (Fuente www.perfil.com). http://www.perfil.com/noticias/politica/el-abogado-de-enrique-blaksley-sera-el-primer-arrepentido-en-la-causa-por-estafas.phtml

viernes, 3 de agosto de 2018

TEXTO DEL EDICTO VERIFICACIÓN QUIEBRA HOPE FUNDS

Estimados
En lo que sigue, les copio el texto del Edicto de la Verificación.
Saludos!

Poder Judicial de la Nación
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30 Secretaría N° 59
COM 3995/2017- HOPE FUNDS S.A. s/QUIEBRA
EDICTO BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
El Juzg. Nac. de 1° Inst. en lo Comercial N° 30, a cargo del Dr. Sebastián I. Sánchez Cannavó, Secretaría N° 59, a mi cargo, sito en Montevideo 546, 6o piso, CABA, comunica por cinco días que el 22/06/2018 se decretó la quiebra de HOPE FUNDS SA (CUIT 33-70887497-9), domiciliada en Sarmiento 643, piso 1°, oficina 126, CABA, en los autos HOPE FUNDS SA s/ QUIEBRA (COM 3995/2017). Síndico: Estudio Cordero, Suárez y Asoc. con domicilio en 25 de Mayo 596, piso 5°, CABA, 15-6640-6105 o 15- 6639-2915, sindicoshopefunds@gmail.com. Se fija hasta el 12/09/2018 para que los acreedores formulen el pedido de verificación de sus créditos ante el síndico de 12:00 a 18:00 hs y se hace saber que a los fines de facilitar ese trámite de verificación resulta innecesaria la presentación de la documentación original que se encuentre incorporada en el expediente “Hope Funds SA s/ APE” (COM 1792/2017). La sindicatura presentará el informe individual hasta el 29/10/2018 y el informe general hasta el 12/12/2018 (arts. 32, 35, 39 y 200 LCQ). La resolución judicial sobre los créditos insinuados será dictada hasta el 13/11/2018 (arts. 36 y 200 LCQ). La fecha inicial del estado de cesación de pagos se podrá observar hasta el 11/03/2019 (art. 117 LCQ). Se intima a la fallida para que, en el plazo de 24 hs, ponga todos sus bienes a disposición del juzgado y entregue a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. Se ordena a los terceros que posean bienes de la deudora que los entreguen al síndico y se les prohíbe realizar pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Buenos Aires, 01 de agosto de 2018.
JUAN MARTÍN ARECHA Secretario


sábado, 28 de julio de 2018

INFORMACIÓN DE LOS SÍNDICOS. PROCEDIMIENTO PARA VERIFICAR EN LA QUIEBRA DE HOPE FUNDS

Estimados
Los síndicos designados han enviado en el día de ayer al mail del blog para ser difundido entre los acreedores, una serie de archivos (son siete en total) donde se explicita claramente como hay que proceder para la verificación.
Para ello, hice una carpeta “PROCEDIMIENTO PARA VERIFICAR QUIEBRA HOPE FUNDS”
con los siete archivos, cuyo link les copio más abajo, espero lo puedan abrir sin problemas,
cualquier cosa, me avisan. 
En lo que sigue, transcribo el mail enviado a este blog por los síndicos.
Un abrazo a todos los acreedores, ojalá todo esto tenga resultados positivos.
Seguimos en contacto...!

“Entiendo que Ud debe ser el o la administradora del blog.
En nuestro caracter de sindicos quisieramos por su intermedio hacer llegar una serie de archivos que hemos preparado tendiente a ordenar el proceso verificatorio en la quiebra.
Tal vez pueda ser tedioso parte de lo que sugerimos, pero si no logramos imponer un poco de orden en las presentaciones esto va a ser muchisimo mas complicado de lo que es.
Le adjunto una serie de archivos para coordinar con Ud la mejor forma de hacerlos públicos
Atte

Estudio CORDERO SUÁREZ & Asoc.
Síndicos Concursales
Osvaldo H. CORDERO           Alejandro D. SUÁREZ




En este link encontrarán una carpeta con los archivos mencionados:

https://drive.google.com/open?id=0B6DL_Vgl80rVLVU3R3p6TnZHOFk

viernes, 13 de julio de 2018

La Justicia ordenó liberar al socio y la cuñada del "Madoff argentino" con una fianza millonaria

Los allegados al empresario Enrique Blaksley están detenidos desde el 11 de abril pasado, acusados de haber sido parte de la mayor estafa en el paísLa Cámara Federal le concedió al socio de Enrique Juan Blaksley Señorans en el directorio de Hope Funds, Federico Dolinkué, y a la cuñada del llamado "Madoff argentino", Verónica Vega, la posibilidad de la excarcelación. Sin embargo, si quieren quedar en libertad deberán pagar fianzas millonarias.
Según estima la fiscal del caso, Alejandra Mángano, las maniobras que encabezó Blaksley involucraron a al menos 2.230 damnificados. Al empresario se le adjudicaron 318 hechos de estafa y cuatro de lavado, lo que lo convierte en el mayor estafador de la historia argentina.
https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/07/12/la-justicia-ordeno-liberar-al-socio-y-la-cunada-del-madoff-argentino-con-una-fianza-millonaria/
Por estos hechos en abril la jueza María Romilda Servini lo procesó, decisión confirmada el mes pasado por la Cámara Federal con el voto de los jueces Martín Iruzun y Leopoldo Bruglia. Blaksley debe cumplir con prisión preventiva y se le trabó un embargo de 3 mil millones de pesos.Al mismo tiempo que se conoció el procesamiento de Blaksley se confirmaron los de su socio, Dolinkué, con prisión preventiva y un embargo de 1.833 millones; Alejandro Miguel Carozzino, gerente administrativo del entramado de firmas vinculadas a Blaksley con un embargo de 2.777 millones y un monto similar para Vega, cuñada de Blaksley, a la que también se le dictó la prisión preventiva.
Ahora la Cámara Federal resolvió hacer lugar a los pedidos de excarcelación de Dolinkué y Vega, aunque para quedar en libertad la Justicia les impuso a los acusados cuantiosas sumas como caución real:$91.650.000 para el socio y $138.350.000 para la cuñada.Además les fue impuesta la obligación de comparecer ante el tribunal antes del quinto día hábil de cada mes y de dar aviso en caso de ausentarse de sus domicilios por más de 24 horas. También se les prohibió a ambos la salida del país.
La captura de Dolinkué fue pedida el 11 de abril, un día después de que Blaksley fuera detenido. Ese mismo día se pidió la detención de Vega, una de las principales jugadoras operativas del "Madoff argentino" dentro de la financiera que ofrecía tentadores intereses del 12 por ciento a sus ahorristas y que fue denunciada por al menos 400 inversores identificados por la fiscal Mángano



sábado, 30 de junio de 2018

INFORMACIÓN RELEVANTE RELATIVA A LA QUIEBRA DE HOPE FUNDS.INVITACIÓN A LETRADOS ESPECIALIZADOS

Estimados acreedores
Buenos días

Creo que es necesario aclarar algunos temas que nos sirven a todos los acreedores, y que responden algunos interrogantes, ya que al decretarse por fin la quiebra de HOPE Funds, se abre una etapa totalmente diferente.
Sepan que, además del blog, pueden seguir el proceso a través de la página del poder judicial.

Si bien nosotros no somos abogados, sólo acreedores como todos que hemos tenido que aprender a través de este doloroso trance, y este blog no es una consultora legal, sin embargo, como siempre, la idea ha sido siempre ayudarnos entre todos, y compartir info relevante GENERAL que nos ayude a aclarar el panorama y tomar decisiones, recuerden que el asesoramiento caso por caso y la presentación para verificar los créditos la tiene que realizar cada uno con patrocinio letrado especializado en quiebras.
Insisto, creemos que hay opciones que se ajusten a las posibilidades, nosotros en esta entrada estamos invitando a letrados a ofrecer sus servicios para quienes aún no lo tienen, para ponerlos a disposición de los acreedores que lo requieran.


1.- Deben saber que desde que se decretó la quiebra, la gente de Blaksley está operando muy fuerte en el blog para desalentar las presentaciones de los acreedores en este proceso, ya que de ese modo, cuantos menos reclamen, pueden “comprarla” ellos a través de sus testaferros por dos pesos, y sabemos que es con la nuestra.
Nosotros creemos que si, que hay que presentarse, y para ello los acreedores tienen que hacer el esfuerzo en buscar un letrado que se ajuste a sus posibilidades.
Desde aquí, trataremos de facilitarlo. 

En este sentido; y para los acreedores que aún no tienen patrocinio especializado, 
INVITO a letrados especializados en Concursos y Quiebras a ofrecer sus servicios profesionales 
A TRAVÉS EXLUSIVAMENTE DEL MAIL DEL BLOG
   estafadoshopefunds@gmail.com 
(no serán tenidos en cuenta los que escriban directamente al blog) haciendo mención expresa en cada caso, de su plan de honorarios, además de sus datos de contacto, junto a lo siguiente:

A.- Si ya tienen casos en curso contra HOPE Funds,  que los podamos verificar en la página del poder judicial, enviando el link al mismo.

B.- quienes no tengan casos contra la fallida, por favor consignar experiencia y enviar los links a los casos que tengan en curso en la página del poder judicial, para verificar su experiencia real en Concursos y Quiebras, o cualquier info que permita comprobar su experiencia en esa materia.

Les comparto en lo que sigue info general proporcionada por mi letrado relativa a la quiebra de HOPE Funds SA:


1.- En esta quiebra ingresan TODOS los acreedores de HOPE FUNDS S.A., tanto con sede en Argentina como en el exterior. Sin perjuicio de ello, se promoverá que el Síndico y el Juez extiendan la quiebra a los administradores y también al resto de las empresas del holding. De salir favorable este planteo, se formará una Masa única de activos y acreedores, para lo cual deberán verificar todos los acreedores de las empresas cuya quiebra se extienda. Esto permitirá que los activos que están en cabeza de las demás empresas se liquiden en esta quiebra para pagarles a todos a prorrata de sus créditos.

2.-Contratos no declarados: El tema impositivo no es relevante para verificar un crédito. En todo caso, será una contingencia con el fisco si es que acciona por ello.

3.-Otras empresas del grupo con sede en el exterior:
En principio los acreedores de esas sociedades no están llamados a verificar sus créditos en esta quiebra. En caso que se extienda la quiebra contra dichas compañías, el Juez les fijará un plazo para hacerlo.

4.-Extensión de la quiebra al resto de las empresas:
 Esta acción la debe impulsar el Síndico. La ley le da un plazo de 2 años desde la sentencia de quiebra para promoverla, sino prescribe.
La acción tramita como un juicio ordinario, y requiere que el síndico obtenga la aprobación de la mayoría de los acreedores para promoverla. Si el Síndico no la hace, entonces los acreedores pueden promoverla porque la ley les da una legitimación residual.
Se va a impulsar que el Síndico lo haga. Pero antes deberá investigar un poco el tema por su complejidad y volumen.

5.-Impugnaciones a las presentaciones. El Síndico y el Juez son los responsables de analizar los créditos que se presentan a verificar.
Sin perjuicio de ello, la ley otorga un plazo a los acreedores para presentar observaciones a los créditos. Estas observaciones las pueden presentar otros acreedores informándole al Juez las irregualrdiades. (art. 34 de la ley 24.522). Después del 12.9.18 se puede ir a lo del Síndico y revisar los legajos de los acreedores que se presentaron y presentar impugnaciones. Luego, será el Juez el que decida si los admite o no como acreedores verificados. 

6.-Plazos para cobrar: 
No es posible estimar a priori un plazo. Pero en estos casos todos sabemos son algunos años y depende también de muchos factores que son imprevisibles, como todo proceso legal.



SÍNDICO DESIGNADO

Poder Judicial de la NaciónJuzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 593995/2017-c/ HOPE FUNDS S.A. s/QUIEBRAEl 03 de julio de 2018 comparecen ante mí Osvaldo Horacio Cordero, DNI10373221 y Alejandro Darío Suarez DNI 12058367, y aceptan el cargo conferido enla pg. 190 de Síndico, que juran desempeñar conforme a la ley. Asimismo, constituyedomicilio   en     Moliere   476   Piso   5°   “22”,   con   teléfono:47345616,   domicilioelectrónico 20-103732213. Doy fe.

SALUDOS


martes, 26 de junio de 2018

AUTO DE QUIEBRA DE HOPE FUNDS

ESTIMADOS ACREEDORES
SE LE HA DECLARADO LA QUIEBRA A HOPE FUNDS.
AHORA, A VERIFICAR LOS CRÉDITOS...
DEBEN HACERLO CON PATROCINIO LETRADO.

AQUÍ VAN SOLO UN PAR DE PÁRRAFOS:

"Poder Judicial de la Nación Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30 Secretaría N° 59

3995/2017-HOPE FUNDS S.A. LE PIDE LA QUIEBRA RICARTE, PATRICIA ESTELA
Buenos Aires, 22 de junio de 2018.
1. En pg. 170 se dispuso la citación a Hope Funds SA en los términos del art.84 de la Ley 24.522 para que invoque y prueba cuanto estime conveniente a suderecho. De la cédula obrante en pg. 171 surge que la citada se notificó de dicha providencia el 21/05/2018. Posteriormente, la demandada solicitó en pg. 172 y pg. 176 que se suspenda el presente pedido de quiebra en curso hasta tanto la Cámara Comercial se expida respecto del recurso de apelación interpuesto contra la resolución interlocutoria que desestimó el concurso preventivo de Hope Funds SA.
2. El tribunal en pg. 177 con fecha 06/06/2018 rechazó su solicitud en tanto la ley 24.522 no establece que la apelación de la decisión que denegó la apertura del concurso preventivo genere la suspensión del trámite de los pedidos de quiebra promovidos contra el deudor. Dicha providencia tomó nota el 08/06/2018 y quedó firme el día de la fecha a las 09:30 hs.en tanto que la demandada no dejó nota con posterioridad al 06/06/2018 (v.constancia de pg. 181).
3. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 77, 83 y 84 de la Ley 24.522, se declara la quiebra de Hope Funds SA (CUIT N° 33708874979);inscripta en IGJ bajo el N° 9283, Libro 25 de Sociedades por Acciones, el28/07/2004c) Publíquese por medios visibles en todos los establecimientos que pertenezcan a la fallida, tarea a cargo del síndico (arg. art. 14 inc. 10 y art. 201), el presente decreto de quiebra y la página web donde pueden ser consultadas las presentes actuaciones, incluyendo los datos del juzgado y número de expediente.”
d)El funcionario deberá acompañar un ejemplar de los edictos dentro de losdiez días de publicados, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 255 de la LCQ.
e) Hágase saber el decreto de quiebra al Juzgado Nacional Criminal yCorreccional Federal N° 1, Secretaría N° 2, en los autos “Blaksley Enrique Juan yotros s/infracción Art. 303...” para que actúe conforme estime corresponder, tarea acargo de la sindicatura.
f) Publíquese en la cartelera del Tribunal el siguiente comunicado:
“Se hace saber que en el expediente COM 3995/2017-HOPE FUNDS S.A. LE PIDE LA QUIEBRA RICARTE, PATRICIA ESTELA en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 30, Secretaría N° 59, se resolvió decretar la quiebra de Hope Funds SA (CUIT N° 33708874979), con domicilio en legal en lacalle Sarmiento 643 Piso 1° Oficina 126 CABA.
Se informa además que el plazo paraverificar ante el síndico es hasta el 12/09/2018 (art. 32 LCQ) de 12:00 a 18:00 hs. Que el informe individual (art. 35 LCQ) será presentado el 29/10/2018. Que la resoluciónjudicial (art. 36 LCQ) será dictada a más tardar el 13/11/2018. Que el informe general(art. 39 LCQ) será presentado el 12/12/2018. Que los interesados podrán observar lafecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico hasta el11/03/2019 (art. 117 LCQ). Asimismo se ordena a la fallida y a terceros que entreguen alsíndico los bienes de la fallida. Se intima a la deudora para que: entregue a la sindicatura los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad en elplazo de 24 hs. Se prohíben los pagos a la fallida, los que serán ineficaces.”

sábado, 23 de junio de 2018

LA FAMILIA BLAKSLEY, UNIDA EN LA VIDA Y EN LOS “NEGOCIOS”...

http://www.minutodecierre.com/nota/2016-11-21-en-su-trama-de-negocios-el-bernie-madoff-involucro-a-una-hija-polemica-y-a-su-yerno

Noviembre del 2016.
En su trama de negocios, el “Bernie Madoff” argentino involucró a una hija polémica y a su "emprendedor" yerno

Dos causas judiciales, una gran cantidad de empresas, una hija polémica y un yerno que creció de golpe en los negocios. La trama de Enrique Blaksley Señorans, el "Bernie Madoff argentino".

La historia de Enrique Blaksley Señoras, el “Bernie Madoff argentino”, tiene los condimentos para ser una serie o película. Como el Clan Puccio con crímenes contra las personas, Blaksley proviene de una familia de San Isidro que se abrió paso en los negocios como pudo, a los empujones. Hasta que la AFIP, la UIF y la Procelac pusieron los ojos sobre él.
Por ahora, ha sido más lento el accionar de Justicia, pues la causa contra él tramita en el juzgado federal de Sandra Arroyo Salgado, la ex esposa del fallecido fiscal Nisman. Para algunos actores que conocen a la jueza y al investigado, la lentitud de la causa se funda en razones que sólo ella y Blaksley conocen al detalle.
De todas formas, la semana pasada se le abrió otra causa, esta vez por la denunciado de inversores damnificado. Y revista en el juzgado federal de María Romilda Serviní de Cubría.
Más allá de su capítulo judicial, Minuto de Cierre reveló en exclusiva que Blaksley Señorans recibió aportes de dinero de José López, el ex secretario de Obras Públicas que saltó revoleando bolsos con u$s 9 millones en un convento de San Isidro.
Pero los manejos de Señorans no terminan allí, ni en los eventos con deportistas famosos (como el tenista Roger Federer); sino que abarcan una serie de empresas dedicadas a fines tan diversos como el manejo de restaurantes, un fideicomiso para construir un country o barrio cerrado, y por supuesto manejo de inversiones, entre otros.
Todo ello consta en el informe interno de la AFIP que fue el puntapié inicial para el resto de las investigaciones, al cual Minuto de Cierre accedió en exclusiva. Allí se menciona un gran número de sociedades: Hope Entertainment S.A., MPXZ S.A., New Viking Investment S.A., Divine Plan S.A., entre tantas otras.
Pero uno de los aspecto más llamativos es que Blaksley Señorans, junto a su esposa María Iraola, le firmaron una “Autorización para ejercer el comercio” a la hija de ambos, Lucía María Blaksley  Iraola, cuando esta contaba con apenas 20 años de edad, según se registró en diciembre del 2006.
Aunque no hay constancia médica de ello, los vecinos de San Isidro le atribuyen a la hija del “Madoff argentino” una vida disipada y de gran actividad lúdica, reñida con cualquier tipo de actividad profesional o empresarial.
A pesar de esto, Blaksley involucró a su hija y al esposo (Lucas Chiavegato, el joven de la foto) en la empresa Sergy S.R.L.,  fundada en 2013 para realizar negocios en el mercado petrolero de Neuquén, probablemente pensando en el boom (que finalmente no fue) de Vaca Muerta.
Chiavegato es un licenciado en Marketing, casado en segundas nupcias con Lucía Blaksley Iraola, que parece haber encontrado un lugar junto a los negocios de su suegro. A tal punto que, junto a su esposa y otras personas, también participa en la empresa Solar Geraige S.A., pensada para obras civiles y negocios inmobiliarios. Y además abrió una financiera llamada “Soler y Chiavegato S.R.L.”.
Con tanta actividad empresarial en los últimos años, algunos ven a Chiavegato como un prolífero y exitoso hombre de negocios. Para otros, es un simple y vulgar testaferro de su suegro. Que llegó a casarse con la hija de Blaksley haciendo la vista gorda sobre los antecedentes de su llamativa y conocida -por lo menos en los círculos de San Isidro- hija. 
Si la última hipótesis es cierta, los problemas judiciales no sólo abarcarán a Blaksley Señorans. También a su yerno Chiavegato, a su llamativa hija Blaksley Iraola, a su esposa de frecuentes eventos sociales (María Iraola), y a un numeroso listado de socios




miércoles, 13 de junio de 2018

CONFIRMARON PROCESAMIENTO A ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS Y SUS COMPLICES

Confirmaron el procesamiento de Enrique Blaksley, acusado de la mayor estafa del país

El 26 de abril pasado y a través de una resolución de 337 páginas, la jueza María Romilda Servini procesó a Enrique Juan Blaksley Señoranss, presidente y principal socio de la financiera Hope Funds, por 318 hechos de estafa y cuatro de lavado. Este lunes la Cámara Federal con el voto de los jueces Martín Iruzun y Leopoldo Bruglia, confirmó el procesamiento del empresario, que deberá cumplir prisión preventiva y sobre el que recae un embargo por 3 mil millones de pesos.

La fiscal del caso, Alejandra Mángano, estima que la estafa del llamado "Madoff argentino" involucró a al menos 2230 damnificados. Esta tarde se confirmaron también los procesamientos del socio de Blaksley en el directorio de Hope Funds, Federico Dolinkué, con prisión preventiva y un embargo de 1833 millones; Alejandro Miguel Carozzino, gerente administrativo del entramado de firmas vinculadas a Blaksley con un embargo de 2777 millones y un monto similar para Verónica Vega, cuñada de Blaksley, a la que también se le dictó la prisión preventiva.
La Cámara resolvió según consta en el escrito "rechazar los planteos"que buscaban la nulidad del procesamiento basándose, entre otros argumentos, en que hubo de parte de los acusados signos concretos de querer "entorpecer la pesquisa", así como también se dio cuenta de que habrían "activado mecanismos tendientes a poder actuar sin ser detectados".
En la presentación de abril pasado Servini había sido especialmente dura en sus argumentos contra Blaksley, que basaba su negocio en la promoción constante y fotos con figuras como Roger Federer, el papa Francisco o Benedicto XVI, todo a fines de demostrar una supuesta solvencia económica que atrajera más contratos, que derivarían en nuevas estafas.





La pretendida imagen que se intentaba mostrar de Blaksley como un hombre de negocios exitoso 'que se dedicaba a comprar empresas, inyectarles capital y hacerlas aumentar de valor', que tenía una influencia tal que le permitió acceder a encuentros con dos Sumos Pontífices diferentes, además de participar de eventos deportivos de renombre, en los cuales se encontraban involucrados diferentes estamentos estatales como la Municipalidad de Tigre y Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contribuía al armado perfecto para la defraudación materializada", había manifestado la jueza en su resolución.https://www.infobae.com/sociedad/policiales/2018/06/11/confirmaron-el-procesamiento-de-enrique-blaksley-acusado-de-la-mayor-estafa-del-pais/

jueves, 24 de mayo de 2018

LE NIEGAN LA PRISION DOMICILIARIA A ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS...!

Enrique Blaksley, el Madoff argentino, seguirá en la cárcel: le negaron la prisión domiciliaria.


El financista Enrique Blaksley permanecerá tras las rejas, luego de que el juez Marcelo Martínez de Giorgi le rechazara su pedido y le negara la prisión domiciliaria. El Madoff argentino, que está detenido desde abril, acusado de fraude y lavado de dinero, también había pedido sin éxito su excarcelación.

Blaksley había manifestado que necesitaba trabajar y que si le daban la domiciliaria, podía recuperar dinero para pagarle a los acreedores, pero se lo rechazaron y va a quedar detenido un tiempo bastante largo", dijeron a LA NACION fuentes al tanto de la causa.

"Las razones indicadas permiten suponer que en caso que (Enrique) Blaksley Señorans retorne a su domicilio particular o algún otro, sea bajo el régimen que sea, podría continuar entorpeciendo la investigación, tal como lo hizo desde los albores de este sumario", indicó el juez en su resolución.

La Justicia aún está trabajando en la toma de declaraciones indagatorias sobre los cuatro detenidos y otras personas involucradas. Mientras tanto, en los próximos días la Sala 1 de la Cámara Federal deberá expedirse el procesamiento y la prisión preventiva de Blaksley y sus colaboradores.

viernes, 11 de mayo de 2018

LE NIEGAN LA EXCARCELACIÓN A ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS Y SUS CÓMPLICES...SEGUIRÁN PRESOS. MUY BIEN POR LA JUSTICIA!!!

ESTIMADOS
UNA MUY BUENA NOTICIA:
LA CÁMARA FEDERAL LE NEGÓ HOY LA EXCARCELACIÓN 
AL ESTAFADOR ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS,
Y A SUS PRINCIPALES CÓMPLICES: SU CUÑADO, DOLINKUE, 
SU CUÑADA VERÓNICA VEGA Y A CAROZZINO.

MUY BUENAS NOCHES A TODOS...
Y MUY BIEN POR LA JUSTICIA.
SOLO HAY QUE ACLARAR A LOS SEÑORES PERIODISTAS
QUE SOLO EN UNA CAUSA PENAL HAY 300 DAMNIFICADOS,
PERO LA ESTAFA ALCANZA POR LO MENOS A DOS MIL ACREEDORES,
CONTANDO SÓLO LOS PEDIDOS DE QUIEBRA, JUICIOS EJECUTIVOS
Y LAS 1400 OPOSICIONES AL APE. SABEMOS QUE SON MUCHOS
MÁS AÚN, YA QUE MUCHOS NO HAN REALIZADO
NINGUNA ACCIÓN...Y LO HAN PASADO A PÉRDIDA,
POR TRATARSE DE MONTOS PEQUEÑOS. 
ESPERAMOS BUENAS NOTICIAS 
TAMBIÉN EN EL FUERO COMERCIAL...!

La Cámara Federal porteña rechazó hoy la excarcelación del empresario Enrique Blaksley Señorans, conocido como "El Madoff argentino", y de otros tres miembros de la empresa Hope Funds SA procesados por damnificar a unos 300 ahorristas en lo que se cree que es la mayor estafa en la historia del país.

Fuentes judiciales informaron que la medida fue adoptada por la sala I de ese tribunal, integrada por Leopoldo Bruglia y Martín Irurzun, que denegó un pedido de los abogados defensores para que les concedieran la libertad a los cuatro imputados principales que tiene la causa.

Según dijeron a Télam los voceros, los camaristas confirmaron la decisión de la jueza María Servini de negarles la libertad porque hay peligro de fuga, de entorpecimiento de la investigación y porque en caso de recaer condena en su contra, la pena en expectativa es superior a los ocho años de prisión.

OTRA ESPECIALIDAD DEL CLAN DE ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS: LA AFIP LO DENUNCIA POR APROPIACIÓN INDEBIDA DE APORTES PATRONALES...




La AFIP denunció a 

Hope Funds, 

la empresa del 

"Bernie Madoff argentino"

Lo acusan de haber retenido los aportes jubilatorios de sus empleados por $5,4 millones

viernes, 4 de mayo de 2018

EL JUEZ DEL FUERO COMERCIAL, SÁNCHEZ CANNAVO, HA PROVEÍDO EL RECHAZO A LA PRESENTACIÓN SOLICITANDO APERTURA DE CONCURSO DE ACREEDORES SOLICITADO POR EL ARTÍFICE DE LA MAYOR ESTAFA EN LA HISTORIA, ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS, HOY EN PRISION PREVENTIVA JUNTO A TRES DE SUS CÓMPLICES.

Estimados
Muchos de ustedes ya están al tanto de esta novedad, agradezco mucho los comentarios en que se informa de la misma...esa es la idea, que todos aportemos información.
Aquí va parte de la resolución del juez Cannavo, que se esperaba fuera en este sentido, 
aunque al comienzo nos hizo dudar un poco...
El próximo paso, los letrados solicitarán se decrete  la quiebra y los damnificados 
deberán concurrir con patrocinio letrado a verificar 
cada uno sus créditos ante el o los síndicos que serán oportunamente designados.
Saludos

“…La finalidad del art. 31 de la LCQ es evitar que se utilice el concurso preventivo como un instrumento para impedir indefinidamente el avance de los pedidos de quiebra promovidos contra el insolvente. En el caso, la presentación del pedido de homologación del acuedo preventivo extrajudicial permitió suspender el trámite de todas las acciones de contenido patrimonial. Dicho procedimiento no resultó exitoso y la consecuencia de ello no puede ser la posibilidad de recurrir –de forma inmediata y dentro del período de inhibición del año posterior– a un pedido de concursamiento con efectos similares en relación a los derechos de los acreedores.
A la luz de ello, se desestimará de forma liminar el pedido de apertura de concurso preventivo de “Hope Funds” por encontrarse inhibida de recurrir a dicha vía de conformidad con lo establecido por el último párrafo del art. 31 de la LCQ.
d) Por ello, RESUELVO:
(i) Desestimar el pedido de apertura de concurso preventivo de Hope Funds S.A.
(ii) Notifíquese por Secretaría
(iii) Firme la presente, comuníquese a la Cámara de Apelaciones y, en su caso, al Registro de Juicios Universales mediante DEO.”
SEBASTIÁN I. SÁNCHEZ CANNAVÓ
Juez

martes, 1 de mayo de 2018

FELIZ DÍA DEL TRABAJADOR A TODOS LOS DAMNIFICADOS. RECORDEMOS PORQUE ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS, DOLINKUE, CAROZZINO, Y VERÓNICA INES VEGA HOY ESTÁN EN LA CARCEL...POR QUEDARSE CON EL FRUTO DE NUESTRO ESFUERZO: LOS DELITOS IMPUTADOS.

Estimados:
Los que deseen recibir copia de las indagatorias de los cuatros imputados, me lo solicita vía mail.
En lo que sigue, va copia textual de una pequeña parte del análisis que de las mismas realizó la fiscal, y que sienta las bases de la prision preventiva, inhibiciones y allanamientos decretados.
Saludos.

“...Por todas las razones apuntadas, podemos afirmar que los integrantes del Grupo HOPE FUNDS, entre ellos Enrique Juan BLAKSLEY SEÑORANS, Federico Armando DOLINKUE, Alejandro Miguel CAROZZINO y Verónica Inés VEGA, engañaron a los damnificados presentados en el expediente, por intermedio de las maniobras y artilugios desplegados para convencerlos de que estaban invirtiendo en una empresa solvente y confiable, y generaron en consecuencia el correspondiente desplazamiento patrimonial, del cual terminaron apropiándose para su propio beneficio, siéndoles atribuibles las conductas delictivas analizadas.

Asociación Ilícita.

Se han colectado elementos de convicción suficientes que permiten tener por acreditado con el grado de certeza reclamado por la instancia procesal que atraviesa el sumario, que Enrique Juan BLAKSLEY SEÑORANS, Federico Armando DOLINKUE, Alejandro Miguel CAROZZINO y Verónica Inés VEGA, entre otros, integraron una asociación de personas, liderada por el mencionado en primer término. Y si bien no ha logrado determinarse que la misma se haya constituido desde sus inicios como asociación criminal, lo hizo cuanto menos a partir del 2007 y hasta el 2017.
Existe consenso sobre que “...No es necesario que la asociación se constituya inicialmente como asociación criminal, la finalidad delictiva puede agregarse a una asociaciòn preexistente...”.
Esta organización cometió hechos ilícitos en el período antes sindicado, por lo tanto también puede afirmarse que tuvo la permanencia requerida por el tipo penal.
Los encausados formaban parte de un Grupo compuesto por más de tres personas, quienes mediante la división de tareas previamente establecidas -actuando como apoderados, directores, representantes o accionistas de distintas sociedades que fueron utilizadas como vehículos para cometer distintos delitos-, con planificación y permanencia, tenían como objetivo y se dedicaban a llevar a cabo delitos indeterminados aunque de similares características -estafas, captación de ahorro del público no autorizada y en algunos casos agravada, lavado de activos de origen ilícito-.
Puede afirmarse entonces, que a partir de la distribución de roles probada en autos, entre los nombrados existía un acuerdo tácito de voluntades, que estos contaban con una organización predeterminada y que su finalidad era el de la comisión de hechos delictivos en forma indeterminada y del tipo de los aquí juzgados.
En conclusión se ha logrado demostrar con sustento en el plexo probatorio reunido en la causa y con la certeza que esta instancia requiere, que existió la asociación ilícita descripta y que ésta se desarrolló por lo menos entre el año 2007 y 2017, siendo Enrique Juan BLAKSLEY SEÑORANS, quien la constituyó como tal a partir de ese momento, ejercía el mando, organizaba la sociedad criminal, impartía órdenes, poseía capacidad de decisión relevante sobre los negocios espurios del holding y tenía conocimiento integral de las maniobras delictivas; siendo los demás miembros de ésta - Federico Armando DOLINKUE, Alejandro Miguel CAROZZINO y Verónica Inés VEGA, entre otros - los que obedecían y ejecutaban sus designios, con pleno conocimiento de la colaboración que prestaban.
Es decir, todos ellos eran perfectamente conscientes que formaban parte de una asociación, cuya existencia y finalidades les eran perfectamente conocidas.
En ese carácter el mencionado BLAKSLEY SEÑORANS, conformó y participó del complejo entramado societario; manejó el giro operativo y financiero del Grupo HOPE FUNDS; fue la cara visible en los eventos públicos de promoción publicitaria de las empresas que administraba; suscribió contratos; alentó a vendedores para una mayor captación de inversores y, con los fondos ilícitamente obtenidos, adquirió bienes inmuebles en Panamá y Miami, a través de empresas que previamente se encargó de conformar.
Dicha estructura organizada funcionó con la actuación coordinada de los antes mencionados DOLINKUE, CAROZZINO y VEGA, quienes, en función de las directivas de Enrique BLAKSLEY SEÑORANS, manejaron y representaron ante los inversores a las sociedades del grupo e integraron estructuras jurídicas para el desvío de los fondos y para su blanqueo.

Concurso de Delitos.

- Estafa
- Lavado de activos de origen delictivo.
- Asociación Ilícita

Resulta adecuado sostener que los delitos cometidos por la asociación ilícita concurren entre sí de manera real, pero, respecto de la asociación ilícita, cada uno de ellos concurre de manera ideal.
En definitiva, tal como se afirmó en la subsunción de los hechos en los delitos de estafa, las defraudaciones cometidas por BLAKSLEY SEÑORANS, Verónica I. VEGA, DOLINKUE y CAROZZINO, entre otros, y sus colaboradores concurren entre sí de manera real al igual que con el lavado de activos y, a su vez, todos estos delitos se vinculan con la asociación ilícita mediante un concurso ideal...”

jueves, 26 de abril de 2018

ENRIQUE BLAKSLEY SEÑORANS PROCESADO , DICTADA SU PRISION PREVENTIVA, Y EMBARGADO POR 3 MIL MILLONES DE PESOS...!!



LA JUSTICIA PROCESO A ENRIQUE  BLAKSLEY, EL PRINCIPAL ACUSADO DE LA MAYOR ESTAFA DE LA HISTORIA ARGENTINA.
En una resolución de 337 páginas, la jueza Servini ordenó la prisión preventiva del presidente de Hope Funds por 318 hechos de estafa y lo embargó por tres mil millones de pesos
Este mediodía, la jueza María Romilda Servini procesó por los delitos de lavado de dinero y estafa al empresario Enrique Blaksley Señorans, presidente y principal socio de la financiera Hope Funds, acusado de encabezar la mayor estafa de la historia argentina, hoy preso en el penal de Ezeiza y vigilado bajo el mismo programa anticorrupción que se le aplica a Julio de Vido.
Blaksley, sospechado de una defraudación calculada por la fiscal del caso, Alejandra Mangano, en 1500 millones de pesos y que involucró a al menos 2230 damnificados, fue procesado por 318 hechos de estafa y cuatro de lavado. Servini resolvió también dictar su prisión preventiva y lo embargó por la astronómica cifra de tres mil millones de pesos.
En la resolución, de 337 páginas de largo, Servini también procesó al socio de Blaksley en el directorio de Hope Funds, Federico Dolinkué, con prisión preventiva y un embargo de 1833 millones; a Alejandro Miguel Carozzino, gerente administrativo del entramado de firmas vinculadas a Blaksley -con un embargo de 2777 millones– y un monto similar para Verónica Vega, cuñada de Blaksley, a la que también se le dictó la prisión preventiva.

Por otra parte, la jueza federal decretó cuatro nuevas declaraciones indagatorias y cuatro allanamientos a propiedades porteñas, así como información a diversas entidades financieras e inmobiliarias ligadas a los negocios de Hope Funds. El fideicomiso detrás de Verazul, un proyecto de country en Pilar que fue el mayor negocio fallido del empresario y que fue integrado por ciudadanos chinos, coreanos y bolivianos del Bajo Flores y la Villa 1-1-14, fue de especial interés para la jueza: Servini requirió a las autoridades de la AFIP saber si sus más de 15 integrantes tienen la solvencia necesaria para ser dueños de un terreno VIP. Blaksley, por otra parte, pidió ampliar su declaración indagatoria mediante su defensa, luego de una exposición maratónica de más de ocho horas tras su detención, algo que la jueza aceptó.




viernes, 20 de abril de 2018

EL EX DIRECTOR COMERCIAL DE HOPE FUNDS, FERNANDO PEREYRA, AHORA VENDE PLACAS ANTIHUMEDAD...MIREN EL VIDEO!

Estimados
Gracias a los damnificados, llega información de la situación actual 
de los que fueran parte de la mesa chica de HOPE Funds, esos que lideraban la “empresa” y acompañaban a todas partes al megaestafador Enrique Blaksley Señorans.
Este personaje me amenazó delante de mi hijo adolescente, señalándome enfático 
con su dedo índice, diciendo que si yo daba a conocer 
esta estafa paseándome con un cartel en la puerta de sus oficinas de la calle Sarmiento,
(Como le dije que iba a hacer si no me devolvían mi dinero)
“yo iba a enterarme muy bien de lo que él era capaz de hacer...”
Claro, el señor fue muy valiente al intimidar de este modo 
a una mujer sola junto a su hijo adolescente.
Debido al temor concreto de que al exponerme así estos delincuentes me pusieran en real peligro, 
comprendí la calaña real de estos tipos, y decidí que era mejor 
dar a conocer esta estafa colosal a través de la web. 
Así nació este blog, a partir de la directa intimidación y amenaza a mi integridad física 
por parte de este sujeto, allá por diciembre de 2016, cuando fui personalmente junto a mi familia,  como lo habrán hecho tantos otros, a sus oficinas para reclamar por nuestros ahorros. 
Por supuesto que debido a la gran repercusión de este espacio, me han llegado todo tipo 
de comentarios anónimos de la más baja calaña, irreproducibles...alguno de los cuales
ha sido firmado por un tal e hipotético “Fernando”.
Siempre como anónimos, por supuesto.
Como lo hacen los verdaderos cobardes.
Todos los mensajes que oportunamente me han enviado,
están perfectamente guardados, si algún día la justicia los requiere,
Tal vez se pueda identificar el dispositivo del que provenían,
aunque se hayan escudado en el anonimato para realizarlos. 
Miren el video.
Seguro muchos lo reconocerán.
Ahora vende Placas ANTIHUMEDAD.
Lo que no se le puede negar a PEREYRA, es la VOCACIÓN inconmovible 
que tiene de DEJAR BIEN SECA a la gente.


LE NEGARON LA EXCARCELACIÓN AL ESTAFADOR ENRIQUE JUAN BLAKSLEY SEÑORANS, EL MAYOR ESTAFADOR DE LA HISTORIA .


Estimados
Como ya es típico, 
el apellido BLAKSLEY SEÑORANS y el de sus cómplices, indefectiblemente seguirán apareciendo 
en las páginas policiales.
Como corresponde, le negaron la excarcelación.
Se terminó el glamour. 
Por todo el dolor y el daño en muchos casos ya irreparable 
que ha causado y aún causa a cientos de familias.
Ojalá este sano criterio de mantenerlo tras las rejas se mantenga, hay mucho para investigar aún, 
y lo mejor para todas las causas es que este delincuente y su Banda
no tengan la oportunidad de seguir malversando ni desapoderandose de los bienes
que deberán ser liquidados en la próxima quiebra y distribuidos entre los
 cientos de acreedores, que deberán presentarse con patrocinio letrado ante los síndicos eventualmente designados, para hacer valer sus créditos. 
Aún falta un largo camino por recorrer.
Saludos.

LA CÁMARA ACABA DE RATIFICAR EL DICTAMEN DE RECHAZO AL APE. PRÓXIMO PASO, LA QUIEBRA.



Estimados
Quien necesite el texto completo me lo solicita x mail.
Copio parte de la resolución:

“2. Resulta relevante apuntar que por escrito de fs. 47.552 “Hope Funds SA” desistió del recurso de apelación oportunamente interpuesto, consintió el pronunciamiento de la instancia anterior y desistió de manera incondicional de la acción que diera origen a las presentes actuaciones.
Frente a ello, resulta abstracto el tratamiento en esta sede de las quejas vertidas en su hora; solución compartida por el Ministerio Público Fiscal (v. fs. 47.560 in fine/vta.).
En relación al desistimiento de la acción formulado, considera este Tribunal que el mismo resulta extemporáneo. Ciertamente, el ordenamiento procesal habilita el desistimiento “en cualquier estado de la causa anterior a la sentencia” (arg. art. 304 CPCC, aplicable por reenvío del art. 278 LCQ ante la falta de norma específica dentro del capítulo 7° del Título II de la Ley 24.522) circunstancia que aquí no se verifica puesto que el decisorio que rechazó la homologación del acuerdo preventivo extrajudicial adquirió firmeza con el desistimiento del recurso impetrado por el único legitimado para cuestionar su reversión: la sociedad apista.
Lo dicho con anterioridad se entronca directamene con la suerte adversa que merece la apelación planteada por Daniel Aldo D’Agostino quien pretende la apertura a prueba de estos obrados y la eventual homologación del APE.
Desde este abordaje, si el interés para obrar es el que justifica el derecho al recurso, debe interpretarse que es ineficiente la pretensión de D’Agostino en tanto no puede arrogarse mayores derechos que los que le conciernen personalmente. Y en esa tónica, no pueden desatenderse los efectos que proyectan entre los contratantes la suscripción de un convenio como el de fs. 143/44 (art. 71 LCQ y 959 CCyCN). Y para reforzar la directriz legal, expresamente se estipuló: “...en el supuesto de no producirse la homologación por cualquier causa ajena a las partes, el presente convenio o los que sean su consecuencia, mantendrán su validez tanto para el deudor como para el acreedor, quienes no podrán solicitar la quiebra y mantendrán su intención de contribuir a la superación de las dificultades económico financieras del deudor y la atención integral de las obligaciones a favor del acreedor por todos los medios legales a su alcance y con todos los bienes que integran su activo...” (v. fs. 143/44, reservado en sobre 1792/2017).
Se sigue de ello que mal podría provocarle agravio personal la circunstancia de que el acuerdo no sea oponible al resto de los acreedores del apista. Asimismo, la crítica formulada sobre la falta de sustanciación de las oposiciones resulta insustancial puesto que el propio ordenamiento en la materia no la prevé (art. 75 LCQ, t.o. Ley 25.589).”
“...Así las cosas, la medida se revela impertinente en esta causa, al menos desde lo procesal, cuando pretende alcanzar a un sujeto extraño al proceso, tal el fiduciario del fideicomiso “Verazul” (conf. mutatis mutandi, esta Sala, 1/3/2018, “Agüero, Pablo Manuel y otro c/Hope Funds SA s/ordinario”, expte. COM21625/2017).
Y es que la inhibición general de bienes que podría pesar sobre Hope Funds SA y la cual es dable inferir a partir del sinnúmero de causas penales en trámite (según informe de fs. 47.539/47.549) previene suficientemente cualquier posibilidad de concretar actos de disposición por parte de la deudora.”
“5. Corolario de lo expuesto, se resuelve: (a) tener presente el desistimiento del recurso impetrado por Hope Funds SA en fs. 44.344, con costas (art. 73 CPCC), (b) desestimar el recurso de Daniel Aldo D’Agostino, con costas (art. 68/9 CPCC) y (c) desestimar la apelación de los Sres. Pereira y Tambutti, con costas (art. 68/9 CPCC).
En atención a la denuncia formulada por el Ministerio Público Fiscal, dése la intervención pertinente a la Inspección General de Justicia a cuyo fin líbrese oficio al que se acompañará copia del dictamen de fs. 47.552/47.585.
Notifíquese a la deudora, a los recurrentes y a la Sra. Fiscal General (Ley N° 26.685, Ac. CSJN N° 31/2011 art. 1°, N° 3/2015 y N° 23/2017). Fecho, remítase a la instancia de grado, requiriendo se arbitren allí los medios pertinentes para la devolución de la documentación original a quienes la han solicitado en esta sede mediante escrito.”